Cine Proyecto Un proyecto cinematográfico es la película que está en proceso de construcción o no ha sido finalizada. Puede estar en etapa de desarrollo, preproducción, producción o postproducción y quiere conseguir aportes económicos para su finalización, a través de los beneficios tributarios que otorga la Ley de Cine, para personas o empresas que sean contribuyentes del impuesto de renta y donen o inviertan al cine colombiano. Cada proyecto debe tener una idea clara, factibilidad técnica, artística y presupuestal, para ser certificada por la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos (DACMI)?, como un proyecto viable. Es responsabilidad del productor que obtiene la aprobación del proyecto, gestionar los inversionistas y donantes. Esta gestión debe iniciarse antes de solicitar el reconocimiento como Proyecto Nacional. Cabe aclarar que la certificación del Proyecto no garantiza la inversión de terceros ni compromete al Ministerio con el desembolso de los recursos. La Resolución 1021 del 3 de mayo 2016 establece los requisitos para acceder al Reconocimiento de Proyecto Nacional para Obras Cinematográficas, es importante recordar que: La aprobación de proyectos tendrá como tope máximo de la inversión o donación 17.650 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes ($20.474.000.000 para 2023). El tope máximo para la promoción es de 5.300 S.M.L.M.V. En este rubro está incluido en el tope máximo anterior. ($6.148.000.000 para 2023). El tope máximo para publicidad en televisión es de 3.530 S.M.L.M.V. Este rubro está incluido en el tope máximo de promoción. ($ 4.094.800.000 para 2023) Las obras cinematográficas podrán tener presupuestos superiores, sin embargo solo accederán al beneficio tributario los topes establecidos anteriormente. En ningún caso serán aprobadas coproducciones financieras en la que la participación colombiana sea superior a 5.300 S.M.L.M.V. ($ 6.148.000.000 para 2023)